Formulario - Constitución de Empresas
En BeMade Human Solutions agradecemos la oportunidad de colaborar en la Constitución de su Empresa. Nuestro compromiso es ofrecerle un servicio profesional, eficiente y adaptado a sus necesidades, por lo que requerimos conocer algunos datos clave a través del siguiente formulario. Al finalizar, encontrará un glosario con términos específicos y una sección de preguntas frecuentes que le ayudarán a comprender mejor el proceso. Agradecemos de antemano su tiempo y confianza.

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A continuación, puede revisar la documentación relacionada con Constitución de Empresas:

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Cuadro Comparativo de Tipos de Sociedades en México

Cuadro Comparativo de Tipos de Sociedades en México
| Tipo de Sociedad | # mín de Socios | Responsabilidad | Capital Social | Ventajas | Limitaciones / Consideraciones | Ideal para |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Sociedad Anónima (S.A.) | 2 | Limitada al capital aportado | Acciones | – Emisión de acciones- Imagen corporativa sólida- Acceso a inversionistas externos | – Más trámites y formalidades- Requiere protocolización ante notario | Empresas medianas y grandes |
| Sociedad Anónima de C.V. (S.A. de C.V.) | 2 | Limitada | Acciones | – Flexibilidad para aumentar o disminuir capital- Muy común en México | – Asamblea obligatoria y escritura notarial- Mismos costos notariales y formales que S.A. | Empresas consolidadas o en crecimiento |
| Sociedad de Responsabilidad Limitada (S. de R.L.) | 2 (máx. 50) | Limitada | Partes sociales | – Estructura más flexible que S.A.- Menos formalidades- Adecuada para PYMES | – Límite de 50 socios- No emite acciones, sino partes sociales | Negocios familiares o pequeños |
| S. de R.L. de C.V. | 2 (máx. 50) | Limitada | Partes sociales | – Flexibilidad en la aportación de capital- Burocracia reducida vs. S.A. | – Igual límite de 50 socios- Sin acciones, solo partes sociales | PYMES y startups a nivel nacional |
| Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.) | 1 (solo persona física) | Limitada | Acciones | – Constitución en línea y gratuita- Sin intervención notarial- Rápida de constituir | – Límite en ingresos anuales (~$6 millones MXN)- Solo persona física, no admite personas morales | Emprendedores individuales |
| Sociedad Civil (S.C.) | 2 | Ilimitada (solidaria) | Aportaciones | – Menos formalidades mercantiles- Ideal para profesionales (despachos jurídico, contable, etc.) | – No realizan actos estrictamente mercantiles- Responsabilidad personal ilimitada | Despachos de abogados, arquitectos, contadores |
| Asociación Civil (A.C.) | 2 | Limitada | Cuotas o donativos | – Fines no lucrativos- Puede recibir donaciones y apoyos- Posible exención de impuestos (con autorización) | – No puede repartir utilidades- Supervisada por el SAT si busca ser donataria autorizada | ONGs, fundaciones y proyectos sociales |
| Cooperativa | Variable | Limitada | Aportaciones | – Estructura democrática (1 voto por socio)- Fomenta la economía social- Exención de ciertos impuestos | – Participación activa requerida de los socios- Dificultad para acceder a financiamiento tradicional | Grupos productivos, comunidades |
| Sociedad en Nombre Colectivo (S. en N.C.) | 2 | Ilimitada y solidaria | Aportaciones | – Relación personal y directa entre socios | – Responsabilidad ilimitada de todos los socios- Poco utilizada actualmente | Negocios tradicionales o familiares |
| Sociedad en Comandita Simple / por Acciones (S. en C.S. / S. en C. por A.) | 2 | Mixta: comanditados ilimitada; comanditarios limitada | Aportaciones / Acciones | – Permite la entrada de socios inversionistas sin control directo | – Estructura compleja de administrar- No es común, procesos más largos | Casos específicos donde convenga mezcla de socios gestores e inversores |
Glosario
| Término | Definición |
|---|---|
| Acta Constitutiva | Documento legal en el que se establecen las reglas básicas de funcionamiento de la empresa (objeto social, socios, capital, administración, etc.). Debe inscribirse ante notario y, posteriormente, registrarse en la autoridad correspondiente. |
| Administrador Único | Persona designada para tomar todas las decisiones y girar instrucciones en nombre de la sociedad. Tiene facultades (poderes) que se definen en el acta constitutiva. |
| Administración de la sociedad | Forma en la que se dirige y representa la empresa ante terceros. Puede ser un Administrador Único (una sola persona) o un Consejo de Administración (varios miembros con cargos específicos). |
| Capital Social | Monto total de dinero o bienes (efectivo, especie) que los socios aportan para formar la empresa. Se expresa en la moneda nacional y se divide en partes proporcionales según el porcentaje de participación de cada socio. |
| Cargo (que desempeña) | Puesto o función que ocupa un individuo dentro de la organización (por ejemplo, Director General, Gerente de Finanzas, Socio Fundador). No debe confundirse con “objeto social”. |
| Cláusula Especial | Disposición particular que los socios quieren incluir en el acta constitutiva (por ejemplo, pactos de no competencia, mecanismos de salida, restricciones de votación). |
| Código de CURP | Clave Única de Registro de Población. Identificador oficial para personas físicas en México, emitido por el Registro Nacional de Población. |
| Consejo de Administración | Órgano colegiado que toma decisiones estratégicas de la empresa. Normalmente está compuesto por un Presidente, Secretario y Tesorero (y a veces Vocales). Cada puesto tiene funciones específicas (por ejemplo, el Presidente convoca y preside reuniones; el Secretario elabora actas; el Tesorero supervisa finanzas). |
| Domicilio Fiscal | Dirección oficial donde la autoridad (SAT) puede notificar a la empresa y donde se considera que está establecida para fines fiscales. |
| Duración de la Sociedad | Tiempo de existencia que se le otorga a la empresa (puede ser “indefinida” o “definida” por un número determinado de años). Si es definida, se indica la cantidad de años y, pasado ese plazo, la sociedad entra en disolución a menos que se prorrogue. |
| INE (Identificación) | Credencial para votar que emite el Instituto Nacional Electoral. Sirve como identificación oficial de personas físicas mayores de edad. |
| Objeto Social | Conjunto de actividades económicas y comerciales que la empresa realizará. Debe describirse de manera clara y precisa en el acta constitutiva, pues define el alcance legal de las operaciones de la sociedad. |
| Órgano de Vigilancia o Comisario | Persona o entidad independiente designada para supervisar el cumplimiento de los estatutos y vigilar la correcta administración de la sociedad. No puede ser socio ni tener parentesco con ellos. |
| Poder General para Actos de Administración | Facultad que se otorga a una persona (normalmente al Administrador Único) para realizar actos de manejo diario de la empresa, como firmar contratos ordinarios, arrendamientos u órdenes de pago. |
| Poder General para Actos de Dominio | Facultad que autoriza a una persona a disponer o gravar bienes de la sociedad (por ejemplo, vender inmuebles, hipotecar propiedades). Suele concederse con limitaciones muy específicas. |
| Poder General para Pleitos y Cobranzas | Facultad que permite a una persona representar a la sociedad en juicios civiles o mercantiles, así como embargos y cobros judiciales o extrajudiciales. |
| RFC (Registro Federal de Contribuyentes) | Clave con la que el SAT identifica a personas físicas y morales para efectos fiscales. Es obligatorio para emitir facturas, presentar declaraciones y cumplir obligaciones tributarias. |
| Representante Legal | Persona (o varias) facultada para obligar a la empresa ante terceros; firma contratos y responde ante autoridades. Puede ser el Administrador Único o un miembro del Consejo de Administración, según lo establezcan los socios. |
| Socios / Accionistas | Personas físicas o morales que aportan capital a la sociedad y poseen un porcentaje de participación en el capital social. Cada uno debe aportar CURP, INE o pasaporte y RFC, y proporcionar copia de esos documentos. |
| Sucursal Extranjera (Socio Extranjero) | Cuando uno o varios socios no tienen nacionalidad mexicana. La sociedad puede admitir extranjeros, pero en ciertos sectores se requiere cumplir requisitos adicionales ante el Registro Público de Comercio; fuera de esos sectores, solo se pide pasaporte y, de ser necesario, tramitar CURP o RFC de extranjero. |
Preguntas Frecuentes
1. ¿Qué significa “Actúa a título personal o representa a un grupo/sociedad”?
Actuar a título personal: indicas que eres la única persona que promueve la constitución de la empresa y no representas ningún otro ente (familia, asociación, etc.).
Representar a un grupo/sociedad: señalas que hablas en nombre de una persona moral ya constituida o un grupo de personas que están de acuerdo en formar la nueva empresa.
2. ¿Cuál es la diferencia entre “Objeto Social” y “Objeto Particular”?
El Objeto Social es la descripción formal de todas las actividades comerciales y económicas que la empresa llevará a cabo (por ejemplo, “Comercialización de artículos de oficina, prestación de servicios de consultoría fiscal y contable, importación de equipo de cómputo”).
No existe “Objeto Particular” en el cuestionario: si te refieres a “¿Cuál será el objeto social?”, basta listar las actividades principales de la empresa.
3. ¿Qué tipos de sociedad puedo elegir?
Algunas de las formas más comunes en México son:
Persona Física con Actividad Empresarial: no requiere acta constitutiva, pero tiene limitaciones para crecimiento.
Sociedad Anónima (S.A. o S.A. de C.V.): requiere al menos dos accionistas; el capital se divide en acciones.
Sociedad Anónima Simplificada (S.A.S.): permite un solo socio, trámites simplificados, capital mínimo bajo, pero con máximo de cinco socios y objeto social restringido.
Sociedad de Responsabilidad Limitada (S. de R.L.): ideal para PYMEs, limitada al número de socios establecidos, capital dividido en partes sociales.
Sociedad en Nombre Colectivo (S. en N.C.) o Sociedad en Comandita Simple (S. en C.S.) / por Acciones (S. en C.A.): menos frecuentes, con responsabilidades y estructuras específicas.
Si no estás seguro, podemos asesorarte para elegir la forma que mejor se adapte a tu proyecto.
4. ¿Qué significa “Duración de la sociedad” y “si es definida, ¿cuántos años durará la sociedad?”?
Cuando constituyes una empresa, debes decidir si tendrá duración indefinida (la mayoría de las personas la elige así) o una duración definida (por ejemplo 10, 20 o 50 años).
Si marcas “Definida”, escribe el número de años exacto. Pasado ese plazo, la sociedad entra en proceso de disolución, a menos que los socios acuerden prórroga y modifiquen el acta constitutiva.
5. ¿Qué documentos necesita cada socio/accionista?
CURP (Clave Única de Registro de Población): para personas físicas.
INE (credencial para votar) o pasaporte (si es extranjero).
RFC (Registro Federal de Contribuyentes) vigente.
Comprobante de domicilio reciente (recibo de luz, agua o estado de cuenta bancario).
Si se trata de una persona moral (empresa que aporta como socia), se requieren: acta constitutiva vigente, poder notarial del firmante y copia de su RFC.
6. ¿Qué implica el “Capital social inicial” y cómo se aporta?
El capital social inicial es el valor total con el que inicia la empresa. Puede ser en efectivo, bienes en especie(maquinaria, mobiliario, inventario), o una combinación.
Cada socio indica cuánto aporta y en qué forma:
Ejemplo: “$100 000 MXN en efectivo y un local comercial valuado en $200 000 MXN.”
La suma de las aportaciones de todos los socios debe ser igual al monto total del capital social.
7. ¿Cuál es la función del “Órgano de Vigilancia o Comisario”?
Se trata de un tercero independiente (puede ser una persona física o una firma especializada) cuya función es:
Supervisar que los socios y los administradores cumplan con el acta constitutiva y las disposiciones legales.
Verificar los estados financieros y reportar irregularidades.
Este comisario no debe ser socio ni tener parentesco con los accionistas para garantizar imparcialidad.
8. ¿Qué son los “Poderes” en la figura de un Administrador Único?
El Administrador Único puede recibir distintos tipos de poderes según las facultades que los socios quieran otorgarle:
Poder General para Pleitos y Cobranzas: representa a la sociedad en juicios, demandas, cobros judiciales y extrajudiciales.
Poder General para Actos de Administración: firma contratos cotidianos (arrendamiento, servicios, nómina).
Poder General para Actos de Dominio: facultad para comprar y vender inmuebles o gravarlos (hipotecas, prenda).
Poderes Específicos o Limitados: pueden incluir, por ejemplo, “poder para celebrar contrato X”, “poder para vender único activo Y”, etc.
Cada poder determina el alcance y los límites de actuación del Administrador Único.
9. ¿Quién puede ser “Representante Legal” de la empresa?
El Representante Legal es la persona que firma en nombre de la sociedad ante terceros (clientes, proveedores, autoridades).
Puede ser:
El mismo Administrador Único, si así lo acuerdan los socios.
Algún miembro del Consejo de Administración con facultades conferidas.
Varios socios, si se decide nombrar representantes conjuntos (pero eso complica trámites).
10. ¿Qué significa “¿Actúa a título personal o representa a un grupo/sociedad?”
Esta pregunta sirve para saber si quien llena el formulario está constituyendo la empresa como persona individual (a título personal) o está actuando en representación de otra entidad ya existente (una sociedad, un grupo de inversionistas, etc.).
Marcar “A título personal” si eres la única persona que pide la constitución. Marcar “Representa a un grupo/sociedad” si hablas en nombre de una persona moral o de varias personas que van juntas en el proyecto.
11. ¿Qué tipo de “sociedad” se adapta mejor a mis necesidades?
Si solo habrá un socio y deseas trámites simplificados: S.A.S. (Sociedad por Acciones Simplificada).
Si quieres que tu sociedad pueda crecer con varios accionistas y emitir acciones al portador: S.A. de C.V. (Sociedad Anónima de Capital Variable).
Si no requieres capital dividido en acciones, sino en partes sociales: S. de R.L. (Sociedad de Responsabilidad Limitada).
En todos los casos, podemos explicarte ventajas y desventajas específicas para que tomes la mejor decisión.
12. ¿Qué debo poner en “Nombre propuesto para la empresa” si aún no estoy seguro?
Se sugieren al menos tres opciones en orden de preferencia, por si alguna ya está registrada.
Cada nombre debe ser diferente (por ejemplo:
“Innovatech S.A. de C.V.”
“Soluciones Innovatech S.A. de C.V.”
“Innovatech Global S.A. de C.V.”)
Así, en caso de que una opción esté ocupada ante el Registro Público, tendremos alternativas sin tener que regresar a consulta. Recuerda que puedes verificar la disponibilidad, más arriba en la documentación.
13. ¿Qué pasa si deseo cambiar o modificar mi “Domicilio Fiscal” después de constituir la empresa?
Puedes presentar un aviso de cambio de domicilio fiscal ante el SAT dentro de los 30 días siguientes al cambio.
Si no se notifica a tiempo, podrías enfrentar multas o complicaciones al recibir notificaciones de autoridad en la dirección anterior.
14. ¿Qué implica “Socios Extranjeros”?
Marcar “Sí” si alguno de los socios no tiene nacionalidad mexicana.
En ciertos sectores (por ejemplo, telecomunicaciones, energía) hay restricciones o requisitos adicionales para la participación extranjera.
Fuera de esos sectores, solo se requiere acreditar identidad (pasaporte) y, si corresponden, tramitar su CURP o un RFC de extranjero.
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